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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251018
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 259

SOLARES URBANOS, TERMINO PARA INTERPONER LA REVISION EN AMPAROS RELACIONADOS CON ASUNTOS DE. ES DE CINCO DIAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 259

Precedentes

Amparo en revisión 42/80. María de Lourdes Chiñas de García. 3 de abril de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo. Secretaria. Esperanza G. Farías Flores. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION. EL TERMINO PARA INTERPONERLO ES DE CINCO DIAS EN AMPAROS RELACIONADOS CON ASUNTOS DE SOLARES URBANOS.".
Registro digital (IUS): 251018