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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251024
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 264

SUSPENSION. CLAUSURAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 264

Precedentes

Queja 107/80. Los CC. Delegado, Subdelegado Jurídico y de Gobierno, Jefe de la Oficina de Espectáculos, Jefe de la Oficina de Licencias de Gobierno y Jefe de la Oficina de Obras Públicas, todos de la Delegación del Departamento del Distrito Federal en Cuauhtémoc (Incidente de suspensión del amparo 560/79, Marlene Mendoza Portillo). 14 de enero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Secretario: Mario Pérez de León E.
Registro digital (IUS): 251024