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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251029
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 268

SUSPENSION, PROCEDE CONCEDER LA, AUN CUANDO NO SE SEÑALEN LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DEL ACTO RECLAMADO, EN CAPITULO DESTACADO DE LA DEMANDA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 268

Precedentes

Incidente de suspensión en revisión 960/80. Mario Ramón García Martínez. 12 de febrero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.
Registro digital (IUS): 251029