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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 312
ALBACEA, NO EXISTE SUSTITUCION PROCESAL CUANDO SE APERSONA AL JUICIO SEGUIDO CONTRA EL AUTOR DE LA SUCESION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 312
Es verdad que la capacidad jurídica de una persona física se extingue desde el momento de su muerte, pero también lo es que los bienes, derechos y obligaciones que forman su patrimonio quedan representados por el albacea de la sucesión testamentaria respectiva y, por tanto, cuando éste se apersona con tal carácter a un juicio seguido contra el autor de la sucesión, no hay sustitución procesal de la parte demandada, pues para los efectos procesales debe tenerse por continuada la personalidad del de cujus en la universalidad de los bienes que constituyen su masa hereditaria, representada por el albacea de la sucesión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 226/78. Sucesión testamentaria a bienes de María Román Sánchez. 26 de septiembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: J. Antonio Llanos Duarte.