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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 331
DISPARO DE ARMA DE FUEGO, COMPROBACION DEL DELITO DE, CUANDO SE DISPARA SOBRE UNA CASA EN LA QUE ESTAN SUS OCUPANTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 331
Si de las pruebas del sumario se aprecia que los inculpados accionaron sus armas disparándolas sobre las casas de los denunciantes, en los cuales éstos se encontraban asomándose en las ventanas, es claro que quedó acreditado el cuerpo del delito de disparo de armas de fuego, por cuanto los indiciados dispararon con la intención de causar daño en sus personas a los ofendidos, que son los elementos requeridos para comprobar dicho ilícito.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 145/80. Gorgonio Solano y coag. 21 de noviembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez.