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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 337
LESION EN LOS CONTRATOS. INTERPRETACION DEL ARTICULO 17 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE SINALOA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 337
La recta interpretación del artículo 17 del Código Civil del Estado de Sinaloa, permite establecer que cuando se reclama el cumplimiento de las obligaciones derivadas de un contrato, y el demandado se excepciona aduciendo que existe lesión en el mismo por los motivos previstos en dicho artículo y pide la reducción equitativa de la obligación, esa defensa sólo puede prosperar si existe la imposibilidad de rescindir (anular) el contrato, pues la ley exige expresamente que concurra este requisito para poder solicitar la reducción de la obligación, y además, que el demandado demuestre que el actor, explotando su suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, obtuvo un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que él por su parte se obligó.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 677/78. Serapio López Inzunza. 14 de noviembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Llanos Duarte.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS, LESION EN LOS. INTERPRETACION DEL ARTICULO 17 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE SINALOA.".