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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251109
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 375

VISITAS DE AUDITORIA. QUIENES DEBEN FIRMAR EL ACTA.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 375

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 145-150, página 359. Amparo directo 137/79. Yolanda Castellanos Hernández. 31 de octubre de 1979. Unanimidad de Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 145-150, página 359. Amparo directo 671/79. Cía. Dulcera Lady Baltimore, S.A. 27 de febrero de 1980. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 145-150, página 359. Amparo directo 4/80. Ferretería Castillejos, S.A. 19 de marzo de 1980. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 145-150, página 359. Amparo directo 974/80. Farmacias de Valles, S.A. 3 de diciembre de 1980. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 145-150, página 298. Amparo directo 637/80. María del Pilar Agudín Rodríguez. 21 de enero de 1981. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 251109