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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251154
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 59

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO, DESECHAMIENTO INCORRECTO DE LA. CASO EN EL QUE NO SON APLICABLES LOS ARTICULOS 158 Y 159, FRACCION V, DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 59

Precedentes

Improcedencia 790/80. Estufas y Equipos de Guerrero, S.A. 17 de septiembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Arturo Iturbe Rivas. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 139-144, página 179. Improcedencia 293/80. Werner Heckel Simon. 24 de abril de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.
Registro digital (IUS): 251154