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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 62
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO EN EL PERIODO CONCILIATORIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 62
En los casos en que el trabajador ejercita acción por despido injustificado y el patrón niega el mismo ofreciendo el trabajo en iguales términos y condiciones en que se venía desempeñando, tal ofrecimiento no es inoportuno ni puede estimarse de mala fe porque se haga en el período conciliatorio, toda vez que la audiencia de conciliación, demanda y excepciones es un todo y, por lo tanto, en cualquiera de sus etapas puede hacerse válidamente ese ofrecimiento.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1636/79. Daniel González Robles. 30 de junio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Norberto Baños Ortiz.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO.".