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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 74
FIANZA, OPOSICION A LA ENTREGA DE LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 74
Si la contraparte se opuso a la devolución o cancelación de la fianza, el Juez de Distrito debe negarla, a fin de que en todo caso se haga valer en el incidente a que se refiere el artículo 129 de la Ley de Amparo, donde la quejosa y la parte tercero perjudicado podrán alegar y probar, la primera su pretensión de que la fianza no responde de los posibles daños y perjuicios ocasionados por la suspensión provisional a los terceros perjudicados, y éstos que, por lo contrario, dicha suspensión sí les ocasiona daños y perjuicios, por lo que no procedería su cancelación. Consecuentemente, el auto que se dictó negando la devolución de la póliza de fianza por la oposición de la contraparte a dicha entrega fue correcto.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 24/80. Sindicato de Propietarios de Autocamiones de la Línea Colonia Peralvillo Tlalnepantla y Anexas. 10 de septiembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretaria: María Silvia Ortega Aguilar.