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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251185
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 79

FRAUDE CONTRA EL ESTADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo en revisión 50/80. Carlos Edmundo Vudoyra Cadena. 30 de septiembre de 1980. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Víctor Manuel Franco. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "FRAUDE. EL ESTADO TAMBIEN ES SUSCEPTIBLE DE SER ENGAÑADO O VICTIMA DEL APROVECHAMIENTO DEL ERROR EN QUE SE ENCUENTRE, COMO MEDIO DE COMISION DE ESE DELITO, POR LO QUE NO ES ADMISIBLE QUE NO PUEDA COMETERSE EN SU CONTRA EL DELITO DE FRAUDE POR EMPLEADOS O FUNCIONARIOS, QUIENES MEDIANTE MANIOBRAS POSITIVAMENTE MENTIROSAS OBTIENEN SUMAS DE DINERO O UN LUCRO INDEBIDO EN PERJUICIO DEL ESTADO.".
Registro digital (IUS): 251185