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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251187
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 83

IMPORTACION TEMPORAL. PRORROGA CONCEDIDA DESPUES DEL LAPSO Y SIN CONOCIMIENTO DE LA FIADORA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 83

Precedentes

Amparo directo 932/80. Central de Fianzas, S.A. 6 de noviembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretaria: Martha Moyao Núñez.
Registro digital (IUS): 251187