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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251209
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 101

MULTAS. EN LOS CASOS DE DESVIO DE PODER EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION ESTA CAPACITADO PARA FIJAR LA CUANTIA DE LA SANCION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 101

Precedentes

Amparo directo 630/80. Proveedora de Oficinas de Mazatlán, S.A. 9 de octubre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Enrique Segura Procelle.
Registro digital (IUS): 251209