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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 109
OCUPACION SIMPLE DE UN INMUEBLE, DESPOSESION ALEGADA POR QUIEN TIENE LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 109
El simple ocupante de un inmueble carece de derecho para ocurrir al juicio de garantías alegando que es desposeído de ese bien cuando, como en el caso, la quejosa, menor de edad, se ostenta con tal carácter de ocupante, en relación con una finca cuya desposesión ya fue defendida por su padre, como titular del derecho discutido, y quien ejerce la patria potestad de la menor.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 231/80. Gloria Leticia Ramírez Cruz. 15 de agosto de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "DESPOSESION ALEGADA POR EL SIMPLE OCUPANTE DE UN INMUEBLE.".