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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251235
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 119

PRUEBA PERICIAL. EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION DEBE ORDENAR SU DESAHOGO CUANDO LA CUESTION SOMETIDA A SU CONSIDERACION ES DE CARACTER TECNICO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 119

Precedentes

Amparo directo 930/79. Humberto Durán de la Vega. 17 de septiembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Antolín Hiram González Cruz. Amparo directo 1119/79. Transmisiones Eléctricas Mexicanas, S.A. 10 de julio de 1980. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Ernesto Aguilar Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 251235