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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 120
PRUEBAS, ADMISION DE LAS. ES RECLAMABLE COMO VIOLACION AL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 120
La admisión de pruebas a la contraparte del quejoso en un procedimiento civil es un acto considerado como violación al procedimiento, por analogía, en términos del artículo 159 de la Ley de Amparo, y por los mismo este acto es reclamable en la demanda que se promueva en contra de la sentencia definitiva que se llegue a dictar en ese procedimiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 800/80. Angel Delgadillo Méndez y otra. 23 de octubre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: José Rubén Flores Flores.