Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251256
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251256
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 134

RETARDOS. NO SON CAUSA DE RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 134

Precedentes

Amparo directo 634/80. Elvira Lucas Sánchez. 29 de octubre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Norberto Baños Ortiz.
Registro digital (IUS): 251256