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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251287
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 156

SUSPENSION PROVISIONAL. QUEJA IMPROCEDENTE. ACUERDO QUE SOLO ORDENA CUMPLIRLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 156

Precedentes

Queja 190/79. Juez Octavo de lo Civil del Distrito Federal. 4 de julio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Arturo Iturbe Rivas.
Registro digital (IUS): 251287