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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251340
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 36

CONTRAFIANZA. DEBE ACEPTARSE LA QUE OFRECE EL DEMANDADO, PARA QUE NO SE EJECUTE UNA SENTENCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo en revisión 405/80. Leopoldo Ruiz Zenil. 22 de mayo de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Octaviano Escandón Baez.
Registro digital (IUS): 251340