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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251350
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 48

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PRESENTADA ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. EFECTOS DE LA CERTIFICACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo en revisión 373/79. Joaquín Pérez Rozada. 8 de febrero de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretaria: Atzimba Martínez Nolasco. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 86, página 34. Amparo en revisión 83/76. Sucesión de Fidel Pérez González. 26 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Ricardo Flores Martínez. Nota: En los Informes de 1976 y 1980, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE GARANTIAS PRESENTADA ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EFECTOS DE LA CERTIFICACION TRATANDOSE DE AMPARO INDIRECTO.".
Registro digital (IUS): 251350