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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 52
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO SE CONTROVIERTE LA CATEGORIA SIN PROBARSE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 52
En los casos en que el trabajador afirma que tenía una determinada categoría y al contestar la demanda, se niega el despido y se ofrece el trabajo con una categoría inferior a la que afirmó el trabajador, y ésta no se prueba, el ofrecimiento del trabajo debe considerarse de mala fe, ya que se pretende modificar, en perjuicio del trabajador, las condiciones en que lo venía desempeñando; esto es, se pretende que el trabajador reingrese con una categoría diferente, con lo que desde luego se implantan nuevas condiciones de trabajo y, en tal virtud, no procede la inversión de la carga de la prueba en contra del trabajador.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 287/80. Aristeo Ortiz Córdoba. 10 de junio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: Alfonso Hernández Suárez.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "DESPIDO. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO AUNQUE SE OFREZCA EL TRABAJO, SE CONTROVIERTE LA CATEGORIA SIN PROBARSE.".