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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 60
EMPLAZAMIENTO. ES ILEGAL EL ENTENDIDO CON PERSONA MENOR DE EDAD.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 60
Es incorrecto el emplazamiento entendido con una persona de siete años de edad, en virtud de que su propia minoridad le impide discernir acerca de la importancia de la actuación que se realiza por el actuario responsable, así como la necesidad de entregar a los demandados los documentos con los que se les corrió traslado; en tal virtud, no puede establecerse la certeza de que los interesados efectivamente se hubieran enterado, por conducto del menor, de la existencia del juicio instaurado en su contra.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Novena Epoca:
Amparo en revisión 2713/98. María Braulia López Hernández. 29 de octubre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretaria: Guadalupe Vázquez Rodríguez.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 133-138, página 60. Amparo en revisión 819/79. Roberto Fabila Reyes y Rosalía Fernández de Fabila. 28 de febrero de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Guillermo Campos Osorio.