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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251443
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 124

PRESCRIPCION DE LA SANCION PECUNIARIA RELATIVA AL PAGO DE LA REPARACION DEL DAÑO. EL TERMINO PARA SU CONSUMACION NO CORRE A PARTIR DE LA FECHA DE LA SENTENCIA EJECUTORIA QUE DETERMINE ESA PENA, SINO DESDE AQUELLA EN QUE EL OFENDIDO CONOCE DICHO FALLO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 124

Precedentes

Amparo directo 64/75. Manuel Hernández Luna. 23 de enero de 1980. Ponente: Víctor Manuel Franco.
Registro digital (IUS): 251443