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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251488
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 156

SUCESIONES. IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO. CASO EN QUE NO OPERA PARA DESECHARLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 156

Precedentes

Amparo en revisión 312/80. Teresa Elissandrini Fabre viuda de Casasús. 13 de junio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO. CASO EN QUE NO OPERA PARA DESECHARLA.".
Registro digital (IUS): 251488