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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251508
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 172
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, LITIS EN EL RECURSO DE REVISION INTERPUESTO ANTE EL PLENO DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 172
El Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación no está obligado, a resolver el recurso de revisión que se le plantee, a dar un tratamiento específico a lo manifestado por la actora, al desahogar el traslado que se le manda dar con el oficio por el que la autoridad demandada interpone el recurso de revisión correspondiente, ya que la litis en dicho recurso se integra con las consideraciones en que se apoyó la Sala Fiscal de origen al dictar la sentencia recurrida y los agravios formulados por la autoridad recurrente; en tanto que las aludidas manifestaciones de la actora son meros alegatos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 312/79. Frenos Universales, S.A. 12 de junio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Salvador Flores Carmona.