Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251510
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 172
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, VIOLACIONES FORMALES DE LAS SENTENCIAS DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 172
Como el artículo 241, párrafo II, del Código Fiscal de la Federación, ordena que al admitirse el recurso se mandará correr traslado a la parte contraria por el término de 5 días, para que exponga lo que a su derecho convenga, si dicha parte ejercita su derecho y la Sala respectiva al dictar resolución no examina lo alegado, es incuestionable que se coloca a dicha parte en estado de indefensión y con ello se violan en su perjuicio las garantías individuales que otorgan los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1069/79. Compañía Americana de Fianzas, S.A. 28 de febrero de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Enrique Ramón García Vasco.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 115-120, página 176. Amparo directo 409/78. Banco de Industria y Comercio, S.A. 6 de julio de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma.
Volumen 79, página 96. Amparo directo 343/75. Ingenieros y Contratistas, S.A. 25 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, VIOLACION FORMAL DE LAS SENTENCIAS DEL.".