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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 219
MARCAS DESCRIPTIVAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 219
Cuando el artículo 95, fracción I, de la Ley de Invenciones y Marcas establece que no son registrables como marcas las denominaciones, figuras o frases descriptivas de los productos que tratan de protegerse, incluyendo aquellas que puedan servir para designar la calidad de los productos, resulta una interpretación bizantina querer distinguir entre "calidades" y "cualidades". Al interpretar la ley se debe tener en cuenta la finalidad buscada por el legislador que, en este caso, es evitar la competencia desleal entre fabricantes o comerciantes. Y en estos casos se trata de evitar la aprobación individual de una expresión que sea de tal naturaleza que todos los comerciantes o fabricantes tengan derecho a usarla, para lo cual lo mismo es que sea descriptiva de las cualidades que de las calidades de un producto, independientemente de que la separación de ambos significados es eventual y, en cierta forma, convencional, y a menudo se usan indistintamente. En el caso, la marca EXTRA no resulta descriptiva, en sí misma, ni de las cualidades ni de las calidades de un detergente como producto específico, ni se ve que los competidores tengan derecho a decir en sus marcas que el producto es EXTRA. Lo cual no les impedirá a todos decir que sus productos son extraordinarios, o que son óptimos, ya que aunque estas nociones podrán ser evocadas por el término EXTRA, su uso no puede quedar impedido a todos por el registro de la marca, como no quedaría impedido el uso de alguna palabra compuesta, o frase, que lleve la expresión "extra" seguida de otra que resulte distintiva.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 651/79. Procter & Gamble de México, S.A. de C.V. 5 de septiembre de 1979 . Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.