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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 224
MARCAS, DIBUJOS DESCRIPTIVOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 224
Si una marca está compuesta de un dibujo descriptivo del producto, pero además, como elemento esencial de la misma marca, aparecen otros dibujos no descriptivos del producto y una palabra que tampoco lo describe ni en su origen, ni en sus características específicas, ni en su destino, y si esos otros elementos son suficientes para diferenciar la marca y el producto, sin que constituyan un impedimento para que los competidores puedan usar también el dibujo en su parte descriptiva, aunque sin asociarle los demás elementos que integran la marca, sino otros que se diferencien sustancialmente, aquella marca sí es susceptible de registro, sin que se incurra en violación del artículo 91, fracciones I y V, de la Ley de Invenciones y Marcas. Así por ejemplo, la marca de la quejosa, para amparar juguetes y muñecas, que incluye el dibujo de una muñeca y otros dibujos geométricos con colores específicos, con la palabra "famosa" escrita con determinadas características, sí es susceptible de registro, sin que impida a los competidores usar dibujos de muñecas, siempre y cuando no le asocien los demás elementos de la marca de manera que, considerada ésta en todos sus aspectos, se pueda crear confusión. Es decir, es el conjunto de todo, lo que se reserva a la quejosa, no el uso de un simple dibujo de muñeca. Y la imitación de esa marca, por los competidores, tendría que consistir en una imitación del conjunto de la marca, en todos sus dibujos y palabras, y no bastaría, para que se pudiese hablar de imitación, el simple uso de un dibujo de muñeca. Por lo demás, la expresión "FAMOSA" no es descriptiva de una muñeca, ni de sus características específicas como muñeca, ni de su uso o destino, por lo que este elemento de la marca cuyo registro se solicita si es bastante para diferenciarla, junto con los demás elementos geométricos y con la determinación de colores.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 871/79. Fábricas Agrupadas de Muñecas de Onil, S.A. 31 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.