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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 245
QUEJA SIN MATERIA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 245
La queja queda sin materia si la situación creada en el auto recurrido ha cambiado por virtud de un auto posterior, en forma tal que el primer auto mencionado ya no causa perjuicio legal al recurrente, en términos del artículo 95, fracción VI, de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 24/79. Manuel Quiñones Martínez. 12 de diciembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.