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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251603
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 291

NOTIFICACION EN EL AMPARO (SENTENCIAS).

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 291

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 82, página 66. Incidente en revisión 434/75. Engracia Doniz Gutiérrez viuda de Piñón. 21 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volúmenes 133-138, página 231. Incidente en revisión 770/75. Domingo Méndez Bautista. 17 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 133-138, página 231. Incidente en revisión 70/76. Jorge A. Rubio Villaseñor. 16 de marzo de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 133-138, página 231. Incidente en revisión 101/76. Tijeras Barrilito, S.A. 6 de abril de 1976. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 133-138, página 231. Incidente en revisión 1164/77. Plásticos Syr, S.A. 1o. de marzo de 1978. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 251603