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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251604
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 293
REVISION IMPROCEDENTE INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, CUANDO SE TRATE DE ACTOS JURISDICCIONALES DE LAS MISMAS.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 293
No obstante que conforme al artículo 5o., fracción II, de la ley de la materia, las autoridades responsables tienen el carácter de parte en el juicio de amparo, cuando el acto reclamado es de naturaleza jurisdiccional resulta improcedente la revisión interpuesta por las mismas, por carecer de interés directo necesario para la continuación del juicio de garantías, atento que dicho acto únicamente les podría causar perjuicio a las partes que intervienen en la controversia laboral planteada ante la responsable. Este criterio se ajusta al que sustentó la Cuarta Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia número 938, página 1738, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación de 1917-1954, al igual que en la jurisprudencia 288, página 273, del Apéndice correspondiente a los años de 1917-1975.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 163/79. Sección 15 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Mota Aguirre. Secretario: Gilberto León Hernández.
Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 193/79. Rosabelia Sosa Martínez. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Mónica Franco.
Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 217/79. Esther Soto Pérez. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Mónica Franco.
Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 181/79. Sindicato Nacional de Alijadores, Empleados en Agencias Aduanales, Marinos, Cargaduría y Similares. 12 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: María Silvia Ortega Aguilar.
Volúmenes 133-138, página 143. Amparo en revisión 187/79. Servicios Portuarios de Acapulco, S. A. de C. V. 29 de enero de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre.