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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251604
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 293

REVISION IMPROCEDENTE INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, CUANDO SE TRATE DE ACTOS JURISDICCIONALES DE LAS MISMAS.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 133-138, Sexta Parte; Pág. 293

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 163/79. Sección 15 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Mota Aguirre. Secretario: Gilberto León Hernández. Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 193/79. Rosabelia Sosa Martínez. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Mónica Franco. Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 217/79. Esther Soto Pérez. 6 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Mónica Franco. Volúmenes 127-132, página 147. Amparo en revisión 181/79. Sindicato Nacional de Alijadores, Empleados en Agencias Aduanales, Marinos, Cargaduría y Similares. 12 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: María Silvia Ortega Aguilar. Volúmenes 133-138, página 143. Amparo en revisión 187/79. Servicios Portuarios de Acapulco, S. A. de C. V. 29 de enero de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre.
Registro digital (IUS): 251604