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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 18
AGRARIO. FIRMAS FALTANTES EN RESOLUCIONES DE LA COMISION AGRARIA MIXTA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 18
Si la resolución de la Comisión Agraria Mixta reclamada carece de todas las firmas de sus integrantes, como lo exigen los artículos 4o. y 12 de la Ley Federal de la Reforma Agraria, resulta evidente que la repetida resolución no reúne tales requisitos esenciales que toda resolución debe contener, y así no puede considerarse legalmente aprobada por no aparecer suscrita por todos sus integrantes.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 683/78 José Núñez Guerrero. 28 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: J. Espiridión González Mejía.
Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "FIRMAS, FALTA DE.".