Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251614
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 19
AGRARIO. PRIVACION DE DERECHOS. NO PUEDE VERIFICARSE EN UN PROCEDIMIENTO SOBRE POSESION Y GOCE DE USUFRUCTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 19
Si en un procedimiento de posesión y goce de usufructo, tramitado ante la Comisión Agraria Mixta, se priva de derechos agrarios a uno de los ejidatarios contendientes, por estimarse que incurrió en alguna de las causales previstas en el artículo 82 de la Ley de Reforma Agraria, debe concederse el amparo y protección de la Justicia Federal, porque dicha autoridad violó lo dispuesto en el capítulo II del título 6o. de la misma codificación, por no ser ese procedimiento el idóneo para decretar esa privación, ni la Comisión Agraria Mixta la autoridad competente para ello.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 567/79. Víctor González Pérez. 23 de agosto de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Irma Moreno Montiel.
Amparo en revisión 46/79 José Guadalupe Morales Rojas. 16 de agosto de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Irma Moreno Montiel.
Amparo en revisión 484/79. Gregorio Peña Pérez. 13 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Irma Moreno Montiel.
Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "PRIVACION DE DERECHOS AGRARIOS. NO PUEDE VERIFICARSE EN UN PROCEDIMIENTO SOBRE POSESION Y GOCE DE USUFRUCTO.".