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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 25
APELACION, RECURSO DE LA NUEVA OPORTUNIDAD DEL A QUO PARA CALIFICAR SU ADMISION, NO LE CONFIERE FACULTAD PARA DESECHARLA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 25
Si al revisar la calificación de grado del recurso de apelación interpuesto, el tribunal de alzada la estima incorrecta y ordena devolver los autos para que el Juez natural la enmiende, ello no faculta a éste para desechar tal recurso, puesto que de hacerlo estaría revocando su propia determinación que lo admitió, lo que no es permitido conforme a la ley.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 244/79. Francisco Mora Hernández. 6 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: José Refugio Estrada Araujo.