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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 27
ARRENDAMIENTO, FIRMA FALTANTE DEL ARRENDADOR EN EL CONTRATO DE. NO LO INVALIDA SI EL ARRENDATARIO ACEPTO HABER CONTRATADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 27
Si el contrato de arrendamiento, base de la acción, adolece de la falta de firma del dueño del inmueble, pero el arrendatario, al contestar la demanda, acepta haber celebrado con aquél el arrendamiento, la deficiencia del documento queda subsanada con la aceptación, por parte del inquilino, de haber celebrado el contrato, por lo que el actor no carece de personalidad para demandar la terminación del contrato.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 270/79. Mario Paredes Cabrera. 30 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.
Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. SU FALTA DE FIRMA POR PARTE DEL ARRENDADOR NO LO INVALIDA SI EL ARRENDATARIO ACEPTO HABER CONTRATADO.".