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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251636
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 30

AUDIENCIA, FORMALIDADES DE LA GARANTIA DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 939/79. Ricardo López Salazar. 6 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: José Raymundo Ruiz Villalbazo. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "GARANTIA DE AUDIENCIA, FORMALIDADES DE LA.".
Registro digital (IUS): 251636