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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 62
EMPLAZAMIENTO, FALTA DE, COMO VIOLACION AL PROCEDIMIENTO Y COMO VIOLACION DIRECTA CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 62
Cuando se reclama en amparo directo una violación a las leyes del procedimiento, en términos de lo dispuesto por el artículo 159, fracción I, de la Ley de Amparo, es necesario para poder examinarla, entre otras cosas, que se haya reclamado oportunamente, por medio de los recursos ordinarios. Esto supone que se haya formado la relación procesal entre las partes, o sea, que el demandado hubiera tenido la oportunidad de comparecer al juicio, antes de dictarse el laudo cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 161 de la Ley de Amparo. En cambio, si el quejoso no tuvo la oportunidad de haber comparecido al juicio, o sea, si se entera de su existencia hasta que se ha dictado el laudo, en este caso propiamente no se llegó a formar la relación procesal y no puede hablarse de violación de procedimiento; el acto reclamado lo constituye primordialmente la falta de emplazamiento aun cuando se señale también el laudo como una consecuencia del procedimiento viciado; se trata de una violación directa al artículo 14 constitucional, en forma tal que al quejoso se le considera como un tercero extraño al juicio, por lo que con apoyo en el artículo 114, fracción V, de la citada ley reglamentaria, la vía procedente del juicio de amparo es la indirecta.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 329/79. Carlos Medina Ruiz. 18 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Jesús Peña Morales.