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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251697
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 82

INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO NO PUEDEN RESOLVER SOBRE LA, EN EL RECURSO DE REVISION INTERPUESTO EN CONTRA DE UNA SENTENCIA DE AMPARO PRONUNCIADA POR UN JUEZ DE DISTRITO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 82

Precedentes

Amparo en revisión 421/76. Banco Nacional de Crédito Agrícola, S.A. 6 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Gerardo Abud Mendoza.
Registro digital (IUS): 251697