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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 85
INSPECCION, OPORTUNIDAD DE DEMOSTRAR LAS OBJECIONES DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS EN LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 85
Si durante el desahogo de la prueba de inspección una de las partes objeta los documentos exhibidos y ofrece la prueba pericial para demostrar sus objeciones, es ilegal que la Junta la deseche por extemporánea, supuesto que fue hasta entonces cuando tuvo conocimiento de los documentos objetados y debe considerarse que es el momento procesal oportuno para ofrecer la prueba correspondiente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 690/78. Antonio Martínez López. 24 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Norberto Baños Ortiz.