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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 90
JUICIO FISCAL. DUDA SOBRE LA OPORTUNIDAD DE IMPUGNACION DE UN CREDITO FISCAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 90
En un sistema de derecho y ante la duda sobre la oportunidad de la impugnación de un cobro fiscal, el valor jurídico más importante es la composición legal del conflicto surgido entre el causante y el fisco, y no el cobro de un crédito sin examinar su legalidad. Esto va más de acuerdo con el debido proceso legal auspiciado por la Constitución Federal en el artículo 14, y con el espíritu de dar oportunidad a los causantes, real y no sólo teórica, de oponerse a los cobros que estiman ilegales. Así, en el juicio fiscal la autoridad tiene oportunidad plena de defender la validez de cobro y de efectuarlo, si gana el pleito, con los intereses moratorios fiscales o recargos (que son desproporcionadamente elevados, al llegar al 24% o 36% mensual, contra el 6% en materia mercantil y el 9% en materia civil), y se respirará un clima de paz y de derecho.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 161/79. Manuel Reséndiz Trejo. 19 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.