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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251731
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 109

OFENDIDA, VALOR DEL DICHO DE LA, TRATANDOSE DEL DELITO DE VIOLACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 109

Precedentes

Amparo directo 244/79. Donaciano Castillo Pérez. 26 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente; Víctor Carrillo Ocampo. Secretario: Luis Quevedo Angel. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION. VALOR DEL DICHO DE LA OFENDIDA, TRATANDOSE DEL DELITO DE.".
Registro digital (IUS): 251731