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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251745
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 123

PRIMA DE ANTIGÜEDAD. TRABAJADORES DOMESTICOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 123

Precedentes

Amparo directo 503/79. Antonio Avendaño Martínez. 10 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge E. Mota Aguirre. Secretario: Alfonso Hernández Suárez. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DOMESTICOS, TIENEN DERECHO AL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD.".
Registro digital (IUS): 251745