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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251763
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 141

RECURSOS QUE DEBEN AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 141

Precedentes

Amparo en revisión 304/79. Arturo Toscano Escobedo. 9 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretario: Luis Quevedo Angel. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO. SI NO SE AGOTO EL RECURSO ORDINARIO PROCEDE EL.".
Registro digital (IUS): 251763