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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251766
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 142

REMATE EN MATERIA LABORAL, DILIGENCIA DE. SI SE SEÑALA A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE COMO AUTORIDAD RESPONSABLE, EL AMPARO DEBE SOBRESEERSE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 142

Precedentes

Amparo en revisión 100/79. Concesionaria de Cervezas, S.A. 25 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "DILIGENCIA DE REMATE. SI SE SEÑALA COMO ACTO RECLAMADO Y LA AUTORIDAD RESPONSABLE ES LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, EL AMPARO DEBE SOBRESEERSE.".
Registro digital (IUS): 251766