Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251777
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251777
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 149

REVOCACION, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA RESOLUCION QUE FALLA UN RECURSO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 149

Precedentes

Amparo en revisión 876/79. Mario Karrera Martínez. 21 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretaria: Irma Moreno Montiel. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA RESOLUCION QUE FALLA UN RECURSO DE REVOCACION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 251777