Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251801
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251801
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 168

TERMINOS IMPRORROGABLES. COMO DEBEN CONTARSE CUANDO PROVIENEN DE LAS NOTIFICACIONES HECHAS POR MEDIO DE BOLETIN JUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 168

Precedentes

Amparo en revisión 359/79. Algodonera Mercantil Mexicana, S.A. 12 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz.
Registro digital (IUS): 251801