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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251802
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 169

TESTIGOS, TACHAS EN EL AMPARO A LOS. NO PUEDEN TRAMITARSE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 169

Precedentes

Queja 107/79. María de Lourdes Carmen Mendoza Gutiérrez. 5 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Julio Humberto Hernández Fonseca. Notas: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "TACHAS EN EL AMPARO, NO PUEDEN TRAMITARSE.". Por ejecutoria de fecha 4 de noviembre de 1998, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 21/97 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 251802