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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251815
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 179

TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, NULIDAD DE NOTIFICACIONES ANTE EL. MOMENTO PROCESAL IDONEO PARA HACERLA VALER.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 179

Precedentes

Amparo directo 336/79. Rufino Pelayo Alvarado. 16 de agosto de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Hugo G. Lara Hernández. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, NULIDAD DE NOTIFICACIONES. MOMENTO PROCESAL IDONEO PARA HACERLA VALER ANTE EL.".
Registro digital (IUS): 251815