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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
251820
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 195

ORDEN DE APREHENSION. LA RELACION DE PRUEBAS NO CONSTITUYE LA FUNDAMENTACION Y MOTIVACION QUE DEBE CONTENER.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 195

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Amparo en revisión 1298/69. Raúl Hernández Andrade. 23 de septiembre de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros. Amparo en revisión 713/70. Jesús Alejandro Mancilla Chacón. 12 de agosto de 1970. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros. Volúmenes 127-132, página 110. Amparo en revisión 765/70. Eliezer Noguerola Berdón y coagraviados. 23 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G. Volúmenes 127-132, página 110. Amparo en revisión 464/79. Abraham Ayala Gutiérrez. 27 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Teodoro Camacho Pelayo. Volúmenes 127-132, página 110. Amparo en revisión 522/79. Mario Asunción Yuit Uc y otros. 22 de noviembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Miguel Angel Morales H.
Registro digital (IUS): 251820