Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/251823
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251823
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 199
PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL EN EL AMPARO. LA FALTA DE COPIAS DEL CUESTIONARIO O DEL INTERROGATORIO RESPECTIVO, NO ES MOTIVO DE DESECHAMIENTO SINO DE PREVENCION, SIEMPRE QUE EL OFRECIMIENTO SE HAGA OPORTUNAMENTE.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 127-132, Sexta Parte; Pág. 199
El hecho de haber omitido acompañar la parte interesada, copias del cuestionario al tenor del cual deben sujetarse los peritos, o del interrogatorio para el examen de los testigos en el juicio de amparo, en su caso, no es motivo suficiente para que el Juez de Distrito le deseche la prueba, siempre que el ofrecimiento se haga oportunamente; pues en tal caso, debe el citado Juez Federal prevenir al interesado que subsane la omisión en los términos del artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente conforme al artículo 2o. de la Ley de Amparo, para darle oportunidad de exhibir las copias faltantes en lugar de tener por no admitida la referida prueba; puede en estos casos aplicarse, por analogía, el criterio que se tiene cuando faltan copias de la demanda de garantías, en que el Juez manda requerir al promovente para que las exhiba.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 127-132, página 190. Queja 65/69. Baldomero Mondragón González. 24 de septiembre de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: José Enrique González Ruiz.
Volúmenes 127-132, página 130. Queja 21/79. Ernestina García Díaz. 3 de julio de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Víctor Manuel Islas Domínguez.
Volúmenes 127-132, página 130. Queja 110/79. Arenera Mexicana, S.A. 22 de agosto de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretario: Víctor Manuel Islas Domínguez.
Volúmenes 127-132, página 130. Queja 111/79. Etelvina Sánchez de Sánchez. 12 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretario: Juan José Brindis Silva.
Volúmenes 127-132, página 130. Queja 117/79. Eustaquio Sámano Octaviano. 5 de septiembre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Francisco Javier Patiño Pérez.